Hoy se ha publicado en el BOE el Real Decreto-Ley 5/2023 de 28 de junio por el que se adoptan y prorrogan medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania. De las numerosas medidas que contiene dicha normativa, en lo que afecta a los contratos de arrendamiento de vivienda cabe destacar:
- Desaparece la prórroga extraordinaria de 6 meses para los contratos de arrendamiento de vivienda que finalicen a partir del próximo 1 de julio de 2023. Esta medida permitía al arrendatario mantener el contrato en las mismas condiciones hasta un máximo de 6 meses, evitando así una subida de precios de la renta para la renovación de los contratos.
- Se mantienen hasta el 31 de diciembre de 2023 las siguientes medidas:
– La suspensión de los procedimientos de desahucio y lanzamientos de aquellos arrendatarios, y también ocupantes sin título legítimo, que acrediten ser vulnerables y no tener alternativa habitacional.
– La limitación de la actualización anual de la renta de los contratos de arrendamiento de vivienda sujetos a la LAU 1994, que impide subidas superiores al 2%.
– La compensación económica prevista para los arrendadores o propietarios, en el curso de un procedimiento de desahucio a personas vulnerables, cuando se acredite perjuicio económico si en los tres meses siguientes a la emisión del informe por los servicios sociales, estos no hubieran adoptado las medidas habitacionales adecuadas. La solicitud de compensación podrá presentarse hasta el 31 de enero de 2024.