El Pleno del Tribunal Constitucional, por unanimidad ha estimado parcialmente el recurso de insconstitucionalidad interpuesto por más de 50 diputados del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso de los Diputados contra la Ley de Cataluña 11/2020, de 18 de septiembre, de medidas urgentes en materia de contención de rentas en los contratos de arrendamiento de vivienda y de modificación de la Ley 18/2007, de la Ley 24/2015 y de la Ley 4/2016, relativas a la protección del derecho a la vivienda.
Según se detalla en la Nota informativa 19/2022 emitida por el Tribunal Constitucional, la sentencia declara que son inconstitucionales y nulos los artículos 1, del 6 al 13, 15 y 16.2 y las disposiciones adicionales primera, segunda y tercera, la disposición transitoria primera, la disposición final cuarta, letra b), la disposición adicional cuarta y la disposición final tercera . Por tanto, el TC ha tumbado de facto la regulación de los precios de alquiler.
Además el TC ha reiterado, siguiendo su propia jurisprudencia, que la competencia estatal de las «bases de las obligaciones contractuales» del art. 149.1.8 CE debe ser entendida como una garantía estructural del mercado único y supone un límite en sí –un límite directo desde la Constitución– a la diversidad reguladora que pueden introducir los legisladores autonómicos.
El Tribunal limita los efectos de la declaración de inconstitucionalidad pro futuro , es decir que los contratos de arrendamiento de vivienda celebrados con anterioridad al momento de la resolución adoptada se mantendrán en sus términos , en base al principio de seguridad jurídica y al legítimo fin de procurar la estabilidad en las relaciones contractuales preexistentes.
Desde la Cámara de la Propiedad Urbana de Tarragona entendemos que es un desenlace lógico y previsible, como ya habíamos venido advirtiendo desde antes de que la ley fuera aprobada en el Parlament de Catalunya , entendiendo que era una regulación que desde el primer momento que se aprobó, nació con fecha de caducidad, puesto que el propio Consejo de Garantías Estatutarias había advertido de la inconstitucionalidad de mucho de sus preceptos.
Le mantendremos informados del detalle de la sentencia y sus efectos tan pronto como sea publicada.