El RDL 853/21 regula 6 programas de ayudas por actuaciones de rehabilitación de inmuebles con el fin de obtener un ahorro energético. Son de especial interés por los propietarios de inmuebles, el programa de ayudas destinadas a la rehabilitación de viviendas y el destinado a la rehabilitación de edificios del que son beneficiarios las Comunidades de Propietarios y los propietarios de edificios. También existe un programa específico que subvenciona estos proyectos de rehabilitación y la confección del libro del edificio existente por los mismos efectos.
Por parte de las Cámaras de la Propiedad de Cataluña se ha confeccionado un amplio estudio técnico de las actuaciones de rehabilitación que se pueden realizar para alcanzar los niveles de ahorro energético que exigen los diferentes programas de ayudas a la rehabilitación, y un informe detallado de los requerimientos, tanto subjetivos como objetivos, que requieren los diferentes programas, las cuantías de las ayudas que se contemplan, los requerimientos de ahorro que se piden y el procedimiento de tramitación de las ayudas. Pueden consultar, en cuanto a la documentación técnica en el enlace i en cuanto a la información sobre los requerimientos de los programas de ayudas en este otro enlace.
El programa de ayudas para la rehabilitación de viviendas subvenciona en un 40% (con un máximo de 3.000 €) las actuaciones de rehabilitación que se hagan en la vivienda para obtener un ahorro de al menos un 7% de la demanda energética de calefacción o refrigeración, o una reducción del 30% del consumo de energía no renovable.
A las subvenciones deben añadirse los beneficios fiscales previstos para este tipo de actuaciones con una deducción en el IRPF del 20% por el primero de los supuestos de ahorro energético o del 40% por las actuaciones que alcancen el 30% de la reducción de energía no renovable, o la mejora en la calificación del Certificado de Eficiencia Energética situándose en “A” o “B”.
El programa de ayudas a la rehabilitación de edificios de viviendas y viviendas unifamiliares va destinado fundamentalmente a las comunidades de propietarios y a los propietarios de casas unifamiliares, y contempla subvenciones de entre el 40% y hasta un 80% de los costes imputables a las actuaciones, con importes máximos por cada vivienda de entre 6.300 y 18.800€. Para optar a estas subvenciones debe obtenerse una reducción del 30% en el consumo de energía no renovable y una reducción de la demanda energética de calefacción o refrigeración del 25% o el 35% dependiendo de la zona climática.
En cuanto a los beneficios fiscales consisten en una deducción del 60% del coste de aquellas actuaciones por las que se obtenga un 30% de reducción del consumo de energía no renovable o bien se consiga una mejora en la calificación del CEE obteniéndose la calificación “A” o “B”.
Es importante tener en cuenta que las ayudas percibidas por estos programas, no tributan en el IRPF.
Otro programa contempla subvenciones para confeccionar el libro del edificio existente para la rehabilitación y para la elaboración de proyectos para la rehabilitación integral de edificios para obtener una mejora de su eficiencia energética requerida en el programa de rehabilitación de edificios.
Las ayudas para la confección del libro del edificio son de 700€ más 60€ por vivienda por unifamiliares y edificios con menos de 20 viviendas, y de 1.100€ más 40€ por vivienda para plurifamiliares con más de 20 viviendas, hasta a un importe máximo de 3.500€. Estas ayudas pueden incrementarse en un 50% si el edificio no dispone de la ITE.
Las ayudas para la elaboración de proyectos de rehabilitación integral son de 4.000€ más 700€ por vivienda para unifamiliares y edificios hasta 20 viviendas, y de 12.000€ más 300€ por vivienda para plurifamiliares con más de 20 viviendas, hasta una importe máximo de 30.000€.
Otros programas que desarrolla el mencionado RDL son: el programa de ayudas a la construcción de vivienda de alquiler social en edificios energéticamente eficientes, el programa de rehabilitación a nivel de barrios y el programa de apoyo en las oficinas de rehabilitación.
Actualmente se está pendiente de que la Generalidad de Cataluña publique la correspondiente convocatoria que debe permitir presentar las solicitudes a las ayudas.