Después de concretar en qué consiste el Bono joven, seguimos detallando los diferentes programas destinados a ayudas al alquiler creadas para atender diferentes situaciones sociales. Cabe recordar que todos estos programas están pendientes de que la Generalitat haga la convocatoria. La tramitación y la resolución y pago de las subvenciones corresponde a la Generalidad.
Programa de ayuda al alquiler de vivienda
Este programa tiene como objetivo facilitar el uso de vivienda de alquiler en los sectores de población con pocos recursos económicos, ayudando a estos arrendatarios a pagar el alquiler mensual mediante la concesión de ayudas directas.
- Las ayudas son del 50% del importe del alquiler mensual y por un plazo de 5 años.
- Las ayudas deben destinarse obligatoriamente al pago de la renta y no son compatibles con ninguna otra de las ayudas previstas.
- Las personas beneficiarias deben tener un contrato de alquiler de una vivienda que debe constituir su residencia habitual y permanente, se acreditará mediante el certificado de empadronamiento.
Para solicitar las ayudas es necesario que la suma de los ingresos de todas las personas que tengan su domicilio en la vivienda arrendada no superen 24.318,84 € anuales o 32.425,12 € en caso de ser familia numerosa, personas con discapacidad o víctimas de terrorismo. En caso de familia numerosa de categoría especial o de discapacidad superior al 33% los ingresos pueden ascender a 40.531,4 Euros anuales.
- El arrendamiento no puede superar los 600 € mensuales.
- No se concederán ayudas si el solicitante es propietario o usufructuario de ninguna otra vivienda o tiene una relación de parentesco con el arrendador en primer o segundo grado.
- No se perderán las ayudas en caso de cambio de domicilio dentro de la propia Comunidad Autónoma, el importe de las ayudas se ajustará al nuevo importe de la renta sin que pueda resultar un importe superior.