El Consell General de Cambres de la Propietat Urbana de Cataluña, junto con:
- El Consell de Col·legis d’Administradors de Finques de Cataluña
- El Consell de Col·legis Oficials d’Agents de la Propietat Immobiliària de Cataluña
- L’Associació d’Agents Immobiliaris de Cataluña y
- L’Associació de Promotors i Constructors d’Edificis de Cataluña (APCE),
Todos ellos han presentado conjuntamente un recurso de alzada, ante la Conselleria del Departament de Territori de la Generalitat de Cataluña, como consecuencia de la Resolución de la Secretaria d’habitatge declarando 140 municipios como zonas de mercado residencial tensionado, paso previo para poder establecer límites a los precios de alquiler de las viviendas. La citada declaración afecta a una población de 6,2 millones de personas, es decir, cerca del 80% de la población total de Cataluña. El recurso de alzada presentado constituye un trámite administrativo previo a la interposición del correspondiente recurso contenciosoadministrativo ante los Tribunales de Justicia.
Conviene recordar, así mismo, que todas las entidades anteriormente reseñadas ya presentaron alegaciones el pasado 27 de julio de 2.023 que se centraron, principalmente, en el incumplimiento del contenido de la Ley de la Vivienda estatal al no haberse presentado, entre otras cuestiones, una memoria justificativa por cada uno de los 140 municipios que acreditara los motivos que justificaban la citada calificación.
¿Qué normas se tienen que aplicar pues en la hora de redactar un contrato de arrendamiento
de vivienda?
Hasta que el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (MITMA) no publique una Resolución en el Boletín Oficial del Estado (BOE), validando y/o declarando zonas de mercado residencial tensionado propuestas por la Generalitat de Cataluña, no será de aplicación el control de las rentas de los alquileres de vivienda establecido por la Ley estatal de la Vivienda. En consecuencia, la formalización de los contratos de arrendamiento de vivienda no restará sometida a la limitación de alquileres y la renta será la que libremente pacten las partes.