El pasado 27 de junio se publicó la resolución dictada por l’Agència d’Habitatge de la Generalitat de Catalunya (Res. DSO/1967/2022de 21 de junio) por la que se abre la convocatoria para la concesión de las subvenciones para el pago del alquiler o del precio de cesión de vivienda o habitación para el año 2022, de aquellas personas físicas que sean titulares de un contrato de alquiler o de cesión de uso de una vivienda o habitación.
Dichas subvenciones cuentas con una dotación presupuestaria de 5.000.000€ que podrá ser ampliada con cargo a los presupuestos propios de la Generalitat o con fondos estatales dentro del “Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025”.
Plazo para presentar las solicitudes
Desde el 28 de junio hasta el 17 de julio de 2022.
Forma de presentación
a.- Electrónicamente a través de la web de la Generalitat
https://habitatge.gencat.cat/ajutlloguer
b.- En las oficinas locales d’Habitatge.
c.- En caso de viviendas gestionadas por administraciones o empresas públicas, en la sede de dichas entidades.
d.- En la Agencia d’ Habitatge de la Generalitat.
Los impresos normalizados para la solicitud de dichas ayudas se pueden obtener en las dependencias que se indican a la web d’habitatge
https://habitatge.gencat.cat/ca/inici
o a la oficina virtual de Tràmits
Ingresos de las personas solicitantes de la ayuda
Las personas solicitantes de la ayuda deben disponer de una fuente regular de ingresos que supongan una renta anual de la unidad de convivencia inferiores a 2’831267 veces el indicador de renta de suficiencia (IRSC) que para el ejercicio 2020 es de 7.967,73€.
Dichos ingresos se determinaran en función de la declaración de la renta de las personas físicas del ejercicio 2020, en la cuantía que resulte de sumar los ingresos de la base imponible general (casilla 435) i de la base imponible del ahorro (casilla 460) menos el saldo neto de la casilla 420.
Límite máximo del importe del alquiler o precio de cesión
- Ámbito Metropolitano de Barcelona: 900,00 euros
- Resto de la demarcación de Barcelona: 650,00 euros
- Demarcación Girona: 650,00 euros
- Demarcación Lleida: 600,00 euros
- Demarcación Tarragona: 600,00 euros
- Les Terres de L’Ebre: 600,00 euros
Límite máximo em caso de alquiler de habitación:
- Ámbito Metropolitano de Barcelona: 450,00 euros
- Resto de la demarcación de Barcelona: 350,00 euros
- Demarcación Girona: 350,00 euros
- Demarcación Lleida: 300,00 euros
- Demarcación Tarragona: 300,00 euros
- Les Terres de L’Ebre: 300,00 euros
En caso de familias numerosas, monoparentales y unidades de convivencia con algún miembro discapacitado el importe máximo será de 900,00€.
Plazo máximo para la concesión, publicación y recursos
-El plazo máximo de resolver sobre las subvenciones solicitadas será de SEIS MESES a partir del día siguiente a la fecha de finalización del plazo de presentación (17/07/2022)
-La publicación de las resoluciones se realizará mediante la exposición de los listados en los tablones de anuncios de las entidades colaboradoras y en los tablones electrónicos:
https://habitatge.gencat.cat/cat/ca/inici
-Contra las resoluciones dictadas el solicitante podrá optar por interponer los siguientes recursos:
- Recurso de Reposición en el plazo de UN MES contados a partir del día siguiente a la notificación de la resolución ante la Agencia, o
- Recurso Contencioso-Administrativo ante el órgano judicial competente en el plazo de DOS MESES contados a partir del día siguiente a su publicación.