Ayer se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto Ley 21/2021, de 26 de octubre, por el que se prorrogan las medidas de protección social para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica.
Mediante esta norma, se prorrogan otra vez parte de las medidas en materia de vivienda que se acordaron por parte del Gobierno del Estado el pasado 31 de marzo de 2020, mediante el Real Decreto Ley 11/2020;
- Se amplia hasta el 28 de febrero de 2022 la suspensión de los procedimientos de desahucio y de los lanzamientos de vivienda cuando el arrendatario pueda ser considerado vulnerable económicamente.
- Se prorroga la posibilidad de aplicar una prórroga extraordinaria de 6 meses del plazo de los contratos de arrendamiento si el vencimiento de este fuera anterior al 28 de febrero de 2022, excepto que se hubiera llegado antes a un acuerdo.
- Se aplaza hasta el 28 de febrero de 2022, la posibilidad de solicitar una moratoria o condonación parcial de la renta, cuando el arrendador sea una empresa o entidad publica de vivienda o un gran tenedor (personas físicas o jurídicas titulares de más de 10 inmuebles -excluyendo garajes y trasteros- o, 1.5000 metros cuadrados construidos).
- Es decir, se amplía la posibilidad de que el arrendatario pueda obtener, en estos supuestos, un aplazamiento temporal y extraordinario en el pago de la renta, siempre que este aplazamiento o condonación, total o parcial, de la deuda, no se hubiera conseguido con carácter voluntario.
- Se amplía hasta el 31 de marzo de 2022 el plazo durante el cual los arrendadores y titulares de vivienda afectados por la suspensión de los desahucios podrán presentar la solicitud de compensación de las rentas no pagadas.