Según ha dictaminado el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) este martes 3 de Marzo, serán los jueces españoles los que deberán verificar si los bancos que usaron el IRPH en sus contratos hipotecarios informaron de forma clara y comprensible a sus clientes, en caso contrario podrán anularlo por abusivo, sustituirlo por otro índice más favorable, y obligar a devolver el dinero cobrado de más.
El fallo abre la puerta a que todos los clientes que se consideren perjudicados por la aplicación del IRPH presenten reclamaciones contra la banca.
El servicio jurídico de la Cambra le asesorará y le tramitará la reclamación por la clausula IRPH, póngase en contacto con nosotros!